diumenge, 23 de març del 2014

Creación, Supresión y Fusión de Municipios tras la entrada en vigor de la LRSAL



Estamos encontrado bastante material práctico de carácter aplicado sobre la Reforma Local que puede sernos de mucha utilidad para planificar en el futuro inmediato. Ya os lo iremos ofreciendo convenientemente organizado en próximas entradas y estar disponible en la siguiente página que creemos a propósito.

De momentos os ofrecemos como primicia este Manual de la Federación Española de Municipios y Provincias sobre una no descartable en el caso de Atzeneta d'Albaida fusión con otros municipios limitrofes que solo podrían ser Albaida, Carricola y Palomar.

Muchas gracias por vuestro interés y esperamos que os sea de utilidad:

divendres, 21 de març del 2014

Guía para Familiares: Detección y Prevención de la Conducta Suicida



Esta guía está dirigida especialmente a familiares de aquellos que se puedan encontrar en riesgos de suicidio. Proporciona información objetiva y consejos sobre cómo identificar las señales de alerta y las habilidades de afrontamiento validadas para su pronta identificación y prevención. 

¡Esperamos que te sea de utilidad! 

Autores: Javier Jiménez Pieatropaolo; [et al.] 

Editores: Comunidad de Madrid, Consejería de Sanidad.



Publico esta entrada de mi blog:

Intervención Psicológica en Catástrofes

Juan Carlos Soriano Giménez.

La persona que nos lo ha proporcionado; compañera de estudios y fatigas en Psicología: 

Un millón de gracias a Karemi Rodríguez por compartirla.

 

Plan de Prevención de Incendios Forestales


Fuente de la Imagen: La Vanguardia.


El Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) publica hoy la resolución por la que se aprueba, por parte de la Conselleria de Gobernación y Justicia, el Plan de Prevención de incendios forestales de la demarcación forestal de Xàtiva.

En este sentido, el Plan de Prevención de Incendios Forestales de la demarcación forestal de Xàtiva afecta a los municipios de Agullent, Aielo de Malferit, Aielo de Rugat, Albaida, Alfarrasí, Anna, Atzeneta d'Albaida, Barxeta, Bèlgida, Bellús, Beniatjar, Benicolet, Benigánim, Benissoda, Benisuera, Bicorp, Bocairent, Bolbaite, Bufali, Canals, Carrícola, Castelló de Rugat, Cerdà, Chella, El Palomar, Enguera, Estubeny, Fontanars dels Alforins, Genovés, Guadasequies, La Font de la Figuera, La Granja de la Costera, La Llosa de Ranes, La Pobla del Duc, L'Alcúdia de Crespins, Llanera de Ranes, Llocnou d'En Fenollet, Llutxent, L'Olleria, Millares, Moixent, Montaverner, Montesa, Montitxel-vo, Navarrés, Novetlè, Ontinyent, Otos, Pinet, Quatretonda, Quesa, Ráfol de Salem, Rotglà i Corberà, Rugat, Salem, Sempere, Terrateig, Torrella, Vallada, Vallés y Xàtiva. 

La Ley 3/93 Forestal de la Comunitat Valenciana establece que las entidades locales con terrenos forestales en su término pueden redactar planes locales de prevención de incendios, mientras que éstos son obligatorios para aquellas localidades situadas en zonas de alto riesgo de incendios forestales. 

Este plan debe contar con una descripción física, económica y sociológica del municipio; inventario y división en zonas en función de su riesgo de incendios; áreas de especial protección y prioridad de defensa; ordenanzas y normas de aplicación municipal; inventario de medios propios y móviles; protocolo de actuación en función de los distintos grados de alerta de incendio y cartografía referente a los puntos anteriores. Con carácter general, cada Plan tiene una vigencia de 15 años con revisiones parciales cada cinco años.


El PP de Guillena (Sevilla) pide la retirada de la propaganda contra la Reforma Local



El cartel de la polémica.
El PP de Guillena (Sevilla) ha denunciado el uso de las instalaciones municipales para la distribución de propaganda «difamatoria sobre la Reforma de la Administración Local» y exigen la «retirada inmediata de dicha propaganda». La portavoz del PP de Guillena, Carolina González Vigo, ha afirmado que «Lorenzo Medina alcalde del PSOE de Guillena está permitiendo un uso indebido y partidista del equipamiento público local para atacar las políticas del Gobierno de la Nación» y «no podemos consentir que se utilice ninguna de instalación municipal para lucimiento político sea cual sea la opción el partido». 

«En estos días hemos sido testigos de la distribución de propaganda difamatoria en la que se ha utilizado la mentira y el miedo en contra de la Ley de la Reforma Local, en dependencias municipales entre ellas el propio Ayuntamiento, en los que se hace referencia de forma sesgada y con un acrítica falaz a iniciativas legislativas del Gobierno de Rajoy», señala. 

Según Carolina González Vigo, «el PSOE vuelve a hacer gala de su falta de escrúpulos y de que lo único que le importa es que se critique y ataque al PP sin tener en cuenta los intereses de los vecinos y sin importarle lo más mínimo el saltarse la criterios legales y morales». Por todo ello, «exigimos al alcalde de Guillena la retirada urgente e inmediata de toda la propaganda política entendiendo que ningún equipamiento público municipal debe servir para hacer un uso partidista y particular de ninguna opción política». 


Fuente: ABC

dimarts, 18 de març del 2014

Reforma local: un puzzle en el que las piezas no encajan



Recogemos algunas de las consideraciones que hace en este articulo la edición digital de El Correo de Andalucia sobre la Reforma Local y subrayamos en negrita algunos aspectos que nos parece que os pueden ser de utilidad para plantearlos de cara a las próximas elecciones municipales. En general este periódico es critico con la Reforma de Racionalización y Sostenibilidad de las Administraciones Locales impulsada por el Gobierno que preside Mariano Rajoy, pero consideramos que el análisis que hace de algunos aspectos concretos merece ser tenido en cuenta para poder trabajar en política municipal en los próximos años.

Los municipios mantienen la limpieza viaria.
Al margen de consideraciones políticas, este periódico ha consultado a cuatro expertos sobre la ley: el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla Manuel Medina Guerrero, el profesor de Derecho Público y Ciencia Política de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid Manuel Villoria Mendieta, el profesor de Ciencia Política y de la Administración Pública de la Universidad de Granada Manuel Zafra y el catedrático de Análisis Económico de la UNED José María Labeaga Azcona, quienes consideran que se ha perdido una oportunidad de oro y que esta nueva ley tiene más oscuros que claros. Coinciden en que tiene muchas lagunas y está abierta a muchas interpretaciones. 

¿Qué competencias pierden los ayuntamientos? 

En lo relativo a la salud, los municipios sólo se encargarán de la protección de la salubridad pública y de lo relacionado con los cementerios y servicios funerarios. Lo demás será gestionado por las autonomías en un plazo de cinco años, aunque deberán ir asumiendo esta gestión poco a poco, un 20% al año. Los servicios sociales también pasarán a las autonomías. El plazo de traspaso en este caso es más corto, dos años, y los ayuntamientos se encargarán sólo de detectar y evaluar situaciones de necesidad y de la atención inmediata por exclusión social de sus vecinos. No obstante, las comunidades podrán delegar el servicio en las diputaciones o en los ayuntamientos, pero deberán financiarlo. Para los expertos, el tema de las competencias propias e impropias de los ayuntamientos ya plantea serias dudas. Manuel Zafra explica que no queda nada claro qué queda en manos de los ayuntamientos y qué no. Manuel Villoria va más allá y cree que los ciudadanos van a ser los grandes perjudicados. Teme que muchos servicios que prestaban los ayuntamientos se perderán y otros serán de peor calidad si están en manos de las diputaciones o de las autonomías, «porque los ayuntamientos son los que conocen la realidad del terreno y son la administración más cercana para actuar con más celeridad». Mientras que Manuel Medina y José María Labeaga entienden que hay demasiada discrecionalidad y que la cesión de competencias a los ayuntamientos por parte de las autonomías dependerá mucho de la voluntad política, estiman que se pueden producir grandes diferencias, según en manos de quién estén las autonomías y las diputaciones. 

¿Esta norma garantizará que no se duplicarán los servicios? 

Éste es uno de los fines que busca el Gobierno y en opinión de los expertos, de cumplirse, es una medida positiva. También ven con buenos ojos que las administraciones locales tengan que calcular antes del día 1 de noviembre el coste efectivo de los servicios que prestan, porque, según Zafra, así los vecinos sabrán cuánto cuesta el agua y la basura en su localidad y en la de al lado, «y quedará en evidencia el que lo haga mal», aunque aclara que los costes también dependerán de cómo se presten los servicios, porque no es lo mismo recoger todos los días la basura que en días alternos. 

¿La reforma permitirá ahorrar dinero? 

Medina recuerda que el objetivo de la ley es el de ahorrar más de 8.000 millones de euros entre 2014 y 2019, pero no cree que se consiga, a lo que añade que la ley deja muchas cuestiones abiertas y mucho margen para la interpretación. Por su parte, Villoria y Labeaga piensan que con las medidas de sostenibilidad financiera que había adoptado el Gobierno ya eran más que suficientes para ahorrar, además remarcan que la administración local no es la más endeudada, sino más bien al contrario. Un dato que refuerza estas tesis es que, según la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), las administraciones locales saldarán 2013 con un superávit de en torno al 0,3%. 

¿Al haber más controles sobre los gastos se frenarán los casos de corrupción? 

Villoria admite que los ayuntamientos han sido el principal foco de corrupción en España y ha podido haber casos de mala gestión, «pero si el objetivo era controlar a los ayuntamientos ya se habían adoptado medidas oportunas». Mientras que Labeaga duda que si antes no han funcionado los controles ahora vayan a ser más efectivos. En su opinión es una ley llena de amenazas. «Yo creo más en los incentivos positivos, que tengan premio los ayuntamientos que se están comportando». 

¿Cuál es el papel que juegan las diputaciones? 

Todos coinciden en que han salido reforzadas y tienen dudas de su efectividad. En los pueblos de menos de 20.000 habitantes tendrán que coordinar la gestión de la recogida de residuos, abastecimiento de agua potable y tratamiento de aguas residuales, limpieza viaria, acceso a núcleos de población, pavimentación de vías urbanas, y alumbrado público. Si los municipios justifican que pueden prestar estos servicios con un coste efectivo menor que el derivado de la forma de gestión presupuestada por la Diputación podrán asumir estos servicios. En este punto, Villoria se pregunta si las diputaciones están capacitadas para prestar estos servicios. Además, teme que no se mejorará la gestión, «será más cara, y se abre la puerta a la privatización de los servicios». 

Además de coordinar servicios, las diputaciones también son las responsables, entre otras funciones que el Gobierno les ha delegado, de velar por el cumplimiento de los planes económicos-financieros municipales, «algo que no es un plato de buen gusto para ellas, ninguna está contenta con este papel de control», dice Medina. 

Asimismo, se les hace responsables de la gestión recaudatoria y financiera en los municipios de menos de 20.000 habitantes, del servicio de prevención de incendios y de la administración electrónica y contratación centralizada, entre otras muchas tareas que tendrán que asumir ahora. 

¿La nueva norma obliga a la fusión de los municipios más pequeños? 

No, pero sí incentiva las uniones entre pueblos limítrofes. Entre otras cuestiones, las localidades que opten por esta vía tendrán más financiación. Medina cree que las uniones entre los municipios de menos de 5.000 habitantes sí puede ser una medida de ahorro, pero indica que en el área latina es muy difícil por el sentimiento de pertenecer a un municipio, «en Gran Bretaña, Alemania y países escandinavos sí se han realizado, al igual que en Grecia, pero en este caso por imposición de la Troika, pero en España es muy difícil que se dé por voluntad propia». 

Villoria también cuestiona que de forma voluntaria los pueblos pequeños opten por fusionarse, «aunque las localidades de menos de 1.000 habitantes no tienen sentido en términos de gestión». 

La ley, sin embargo, sí establece que un ayuntamiento que haya incumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria deberá presentar un plan en el que, entre otros aspectos, incluya una propuesta de fusión con un municipio colindante de la misma provincia. En este caso, el Gobierno sí empuja a la fusión, pero los expertos entienden que esta medida será muy difícil de aplicar, porque habrá que contar con la opinión del otro pueblo implicado. 

¿Qué ocurre con las entidades locales inferiores al municipio? 

Seguirán manteniendo su personalidad jurídica, pero deberán presentar sus cuentas al Estado y a la comunidad autónoma con fecha 31 de diciembre de 2014 para no incurrir en causa de disolución. 

¿Se pone tope a los sueldos de los políticos locales? 

Sí. Los municipios de más de 500.000 habitantes sus alcaldes tienen fijado un tope de sueldo de 100.000 euros brutos al año; de entre 300.001 y 500.000, 90.000; de entre 150.001 a 300.000, 80.000; de entre 75.001 a 150.000, 75.000; de entre 50.001 a 75.000, 65.000; de entre 20.001 a 50.000, 55.000; de entre 10.001 a 20.000, 50.000; de entre 5.001 a 10.000, 45.000; y de entre 1.000 a 5.000, 40.000.

Una medida que para Villoria es positiva, aunque cree que se debería adoptar cuando comience el próximo mandato de las corporaciones locales, «para que el que se presente conozca las reglas del juego». Por su parte, Medina indica que imponer topes retributivos, fijar el número de trabajadores eventuales y la dedicación exclusiva de los concejales sí es bueno: «Es una medida ejemplarizante, pero no supondrá mucho ahorro». 

 

diumenge, 16 de març del 2014

La Reforma Local y los servicios públicos


La Reforma de la Administración Local, impulsada por el Gobierno del Partido Popular, tiene como objetivo principal garantizar la prestación de los servicios públicos locales y su sostenibilidad económica, porque es la mejor garantía para su continuidad. 

La Ley viene a clarificar y simplificar las competencias municipales para evitar duplicidades con las competencias de otras Administraciones, racionaliza la estructura organizativa de la Administración Local y garantiza un control financiero y presupuestario de las cuentas públicas más riguroso. 

Y esto lo hace la Ley en el marco de las competencias básicas del Estado, con respeto a las competencias de las CC.AA. y con respeto también a la autonomía municipal. 

Esta Ley marca un punto de inflexión, tanto en las competencias de las Entidades Locales, como en sus relaciones con otras Administraciones. A partir de ahora, ni la Administración estatal, ni la Autonómica podrán encomendar a un Ayuntamiento la prestación de un servicio sin garantizar por cinco años la cobertura del 100 por 100 del coste. 

La Reforma Local se ha tramitado de forma transparente y dialogada. Se ha dado audiencia a las Comunidades Autónomas que han presentado alegaciones, así como a las Entidades Locales a través de la Federación Española de Municipios y Provincias y de la Comisión Nacional de Administración Local. Han sido innumerables las reuniones del Ministerio y de los Grupos Parlamentarios con todos los sectores afectados. 

No hay merma de principios democráticos, ni de autonomía municipal. Y lo que se hace con esta Ley es profundizar en la transparencia y eficiencia de la gestión de los servicios locales y se garantiza la participación de los municipios en los mecanismos de coordinación con la Diputación. 

La oposición a Ley por parte de la Junta de Andalucía no es por defender la autonomía municipal, es sencillamente porque con esta Ley el Gobierno Andaluz va a tener que pagar a los Ayuntamientos todos los servicios que prestan que son competencia de la Junta. 

Con esta Ley no se vulneran las competencias de las Comunidades Autónomas en materia de régimen local, como así se ha reconocido por el propio Consejo de Estado y se ha dictaminado en la Comisión General de Comunidades Autónomas del Senado. 

Con la Ley de Reforma de la Administración Local ni se eliminan, ni se privatizan servicios públicos, sino que viene a garantizar todos los servicios, y el tiempo lo confirmará con hechos. La Ley no introduce ninguna novedad en lo que son las posibles formas de gestión que ya están previstas en la legislación vigente, es justamente lo contrario, porque en el artículo 85 se opta claramente por la gestión directa de los servicios públicos. 

A juicio del Gobierno y del PP, la Ley es claramente constitucional porque el Estado tiene el título para determinar el modelo competencial de municipios y provincias, y así lo ha ratificado el Consejo de Estado en su Dictamen. 

Esta Reforma, junto con todas las medidas adoptadas por el Gobierno del Partido Popular, da respuesta a los principales problemas de las Entidades Locales. 

A los municipios no se les defiende con recursos de inconstitucionalidad, sino que se les defiende, por ejemplo, pagándoles lo que les debe la Junta, cumpliendo el Plan de Cooperación Municipal que en los últimos cuatro años ha perdido 1.500 millones de euros. No se puede deber 200 millones a los Ayuntamientos y decir que se presenta un recurso para defenderlos. 

La oposición a esta Ley por parte de la Junta de Andalucía, no es por defender el ámbito de sus competencias, ni mucho menos por defender la autonomía municipal. Es sencillamente, porque, entre otras cosas, con esta Ley la Junta va a tener que pagar a las Corporaciones Locales todos los servicios que presta y los servicios que les ha delegado. 

Es verdad, que la aplicación de la Ley en algún punto será compleja, sobre todo en un primer momento. Por eso, es necesaria una buena dosis de lealtad y colaboración institucional para resolver los problemas que vayan surgiendo, y hacerlo pensando siempre en lo único importante, los ciudadanos, los vecinos a los que hay que garantizar los servicios públicos a los que tienen derecho, vivan donde vivan. 

Escrito por: Juan José Matarí.
Publicado en: El Almeria.es

divendres, 14 de març del 2014

Régimen retributivo de los miembros de las Corporaciones Locales


Puede resultar interesante a nuestros lectores que demos a conocer algunos aspectos de como queda el Régimen Retributivo de los miembros de las corporaciones locales tras la reforma llevada a cabo por la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de las Administraciones Locales.

A tenor de lo previsto en el articulo 75 bis de la Ley de Bases del Regimen Local, el limite máximo de las retribuciones que pueden percibir los miembros de las Corporaciones Locales por todos los conceptos retributivos y asistencias, corresponde fijarlo anualmente en los Presupuestos Generales del Estado atendiendo, entre otros criterios, a la naturaleza de la corporación Local y a su población según la lista que figura en dicho precepto, señalandose como referencia las retribuciones de un Secretario de Estado.

Por su parte, el artículo undécimo, apartado 3, del Real Decreto Ley 1/2014, del 24 de enero, de reforma en materia de infraestructura y transporte y otras medidas económicas (BOE número 22 de 25 de enero), incluye una nueva disposición adicional nonagesima en a Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 del siguiente tener literal:

"De conformidad con lo previsto en el articulo 75 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, según la redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalidad y sostenibilidad de la Administración Local, considerando en el articulo 22 de la presente ley, el limite máximo total que pueden percibir los miembros de las Corporaciones Locales por todos los conceptos retributivos y asistencias, excluidos los trienios a los que, en su caso, tengan derecho aquellos funcionarios de carrera que se encuentren en la situación de servicios especiales, será el que se recoge a continuación, atendiendo a su población:


En caso de Corporaciones Locales de menos de 1000 habitantes, resultara de aplicación la siguiente escala, atendiendo a su dedicación:


En consecuencia, a través de la señalada Disposición adicional nonagesima de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, se determina el límite máximo total que pueden percibir los miembros de las Corporaciones Locales por todos los conceptos retributivos aludidos en su articulo 22 dos - sueldo, complemento de destino, complemento especifico y productividad, más dos pagas extraordinarias -.


VAMOS, QUE LAS CANTIDADES SON LOS LÍMITES MÁXIMOS QUE PUEDEN COBRAR LOS ALCALDES. PUEDEN SER MENORES; TAL Y COMO ESTA LA SITUACIÓN ACONSEJAMOS QUE SE MIRE CON MUCHO CUIDADO EL TEMA.


Este material de la Federación Española de Municipios y Provincias puede ser de mucha ayuda para fijar algunos conceptos importantes sobre el tema de las retribuciones de concejales y alcaldes. 

dijous, 13 de març del 2014

La reforma local dos meses después


Hace poco más de dos meses entraba en vigor la reforma local efectuada por medio de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local -LRSAL-. 

El hecho de que las nuevas previsiones entraran en vigor de forma inmediata, al día siguiente de la publicación de la Ley en el Boletín Oficial del Estado, no otorgaba tiempo alguno para interpretar las modificaciones que se introducían en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local -LRBRL-, de manera que la reflexión sobre el alcance que esos cambios suponían en la práctica se ha producido con la propia aplicación que se derivaba de esas nuevas previsiones. 

Aunque dos meses no se antojan un espacio de tiempo demasiado extenso para hacer valoraciones sobre los cambios introducidos, y más si tenemos en cuenta el calado de la reforma efectuada, tanto en términos cuantitativos como cualitativos, sí parece adecuado repasar los principales hechos que se han ido produciendo para poder así entender el lugar en el que nos encontramos. 

De entre esos hechos, los que se han ido sucediendo a lo largo de lo que va de año, resulta adecuado destacar algunos, y hacerlo desde una posición fáctica, sin que ello suponga valoración alguna más allá de lo estrictamente jurídico. 

En primer lugar, y como consecuencia de un proceso de elaboración de más de un año al que siguió una tramitación parlamentaria que culminó sin acuerdo sobre la reforma (sin consenso, en términos políticos), la norma se encuentra situada en un debate sobre su propia constitucionalidad. Algo que no ha de resultar sorprendente dado que hubo quienes ya lo anunciaron desde el mismo inicio de la tramitación parlamentaria. 

Son varias las Comunidades Autónomas que discuten la constitucionalidad de la reforma efectuada en la LRBRL. No lo es para la Comunidad Autónoma de Andalucía, ni para el Consell de Garanties Estatutaries de Cataluña… se anuncian varios recursos ante el Tribunal Constitucional. Podría pensarse que se trata de meros intereses partidistas (y razones no faltan para ello), pero a su lado aparecen problemas de ajuste en Comunidades del mismo color que el Gobierno que ha sacado adelante la reforma. Es el caso de Castilla y León con sus problemas para encajar los nuevos términos de la LRBRL con su Ley de Ordenación del Territorio, o de Galicia que anda dándole vueltas a adaptar la reforma local a las particularidades de su Comunidad. 

A ello se une que no son pocas las entidades locales (se habla de cientos, cuando no de miles) que están aprobando acuerdos de sus Plenos con el fin de cumplir con los requisitos exigidos para plantear un conflicto en defensa de la autonomía local. 

En segundo lugar, resulta preciso señalar que en este espacio de tiempo la reforma ya ha dado lugar a una urgente modificación (mediante el RD-ley 1/2014, de 24 de enero, de reforma en materia de infraestructuras y transporte, y otras medidas económicas, publicado en el BOE del día 25 de enero) de la recién aprobada Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014 (norma en la que, por cierto, nada se señala, de manera expresa, sobre el momento de su entrada en vigor), con el objeto de fijar el límite máximo de las retribuciones que pueden percibir los miembros de las Corporaciones Locales, conforme a la previsión establecida en el nuevo art. 75 bis LRBRL. 

 En tercer término, destacar que hace unos pocos días era la propia Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) la que reclamaba una reunión al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (MINHAP) para abordar la aplicación de la reforma, como muestra del gran número de dudas y grandes cargas de incertidumbre que han surgido al llevar las nuevas previsiones a la práctica dada la imprecisión de la norma en determinados aspectos, y todo ello en los plazos que la misma marca. 

El punto en el que nos encontramos en este momento es que el 4 de marzo el MINHAP ha hecho público un documento que, bajo la denominación “Nota explicativa sobre la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local”, pretende resolver las dudas que la implantación de la reforma local ha ido generando en estos meses. Este documento, además de contener respuestas concretas (34 páginas en las que se abordan diversidad de temas y se da respuesta hasta 25 preguntas específicas, calificadas como “cuestiones frecuentes”), permite disponer de una radiografía de los achaques que nos aquejan y que, de forma esquemática, se corresponden con: 

  • La determinación del nuevo mapa de competencias municipales y, sobre todo, el alcance de las que han sido modificadas. 
  • El tratamiento que hay que dar al ejercicio de competencias delegadas. 
  • Cómo hay que entender el régimen de competencias de las Diputaciones. 
  • Las ventajas que se atribuyen a los municipios que opten por la fusión voluntaria. 
  • El alcance de la reforma para las mancomunidades de municipios. 
  • La naturaleza de las entidades locales menores (su nuevo régimen y la diferencia entre las existentes y las que se constituyan de ahora en adelante). 
  • La adaptación de los consorcios al nuevo régimen establecido. 
  • La retribución de los miembros de las Corporaciones Locales (con la reforma de la Ley de Presupuestos a la que se ha hecho referencia). 
  • Límites al número de concejales en régimen de dedicación exclusiva. 
  • El régimen jurídico de los funcionarios con habilitación de carácter nacional (puestos reservados, situaciones administrativas, oferta y selección, provisión, nombramientos provisionales…). 
  • Límites al personal eventual. 

Estos son los puntos de desazón, que se extienden a lo largo de toda la reforma. Las cuestiones que, en este momento, exigen de interpretación y clarificación no son ni pocas ni nimias. Con el avance del año tendremos la oportunidad de seguir viendo esa evolución y la aparición de los hitos que han de llegar. Es el caso de la Orden que habrá de fijar los criterios de cálculo del coste efectivo y sobre la que, en la actualidad y como señala el propio MINHAP, ya han comenzado los trabajos técnicos para su elaboración.


Fuente: El Derecho.com 



Calpe asiste a las III Jornadas Deportivas de NNGG de la Vall d'Albaida




El presidente de Nuevas Generaciones de la provincia de Valencia, Roberto Calpe, participó el pasado sábado en las III Jornadas Deportivas organizadas por NNGG de la Vall d'Albaida. El encuentro, que coincidió con la celebración del Día Internacional de la Mujer, contó además con la presidenta comarcal de la formación juvenil, Inés Tudela. Futbol 7, pádel o pilates fueron algunas de las actividades que congregaron a decenas de participantes.

Justicia renuncia a delegar el Registro Civil en el Colegio de Registradores


El colectivo exigía cobrar aranceles, 
y el ministerio quiere mantener la gratuidad 


El ministro Alberto Ruiz-Gallardón, en rueda de prensa. / ULY MARTÍN

Un año de negociaciones —y de polémica— sobre el cambio de gestión del Registro Civil terminó este lunes con la ruptura entre el Ministerio de Justicia y el Colegio de Registradores, el colectivo en el que teóricamente se iba a delegar el servicio que ahora realizan funcionarios judiciales. Justicia da por definitivamente rota esa negociación y busca ahora fórmulas alternativas (aunque aún sin descartar que el Registro Civil pase a manos de colectivos no judiciales). El portazo se ha producido porque los registradores se negaban a hacer ese trabajo gratis: exigían poder cobrar aranceles a los ciudadanos por algunos trámites; y el ministerio ya se había comprometido a mantener la gratuidad del servicio. 

El Registro Civil, que tramita cada año 1,4 millones de asuntos gratuitos para los ciudadanos —inscripción de nacimientos, defunciones, matrimonios, divorcios, nacionalidad, adopciones, tutelas, cambio de apellidos— está adscrito desde el siglo XIX a la administración de justicia. Hay un juez (o un juez de paz, estos no profesionales) al frente de cada oficina de registro; y, en total, 4.800 funcionarios judiciales se ocupan de esas labores (en exclusiva o compatibilizándolas con las judiciales), según Justicia, que no precisa cuántos son jueces. 

En diciembre de 2012, el ministerio dirigido por Alberto Ruiz-Gallardón anunció que iba a cambiar la ley para dejar el Registro Civil en manos de los 1.000 registradores de la propiedad y mercantiles que hay en España, con el fin de “desatascar los juzgados” liberándolos de ese trabajo “administrativo”. Fuentes de Justicia aseguraron entonces que los trámites “obligatorios” para los ciudadanos —sobre todo, inscripción de nacimientos y defunciones, el 80% del total— seguirían siendo gratis. Distintos colectivos, sin embargo, vieron en ese anuncio el primer paso hacia la privatización. Los registradores, como los notarios, son un híbrido entre funcionarios públicos (dependen del Gobierno) y trabajadores privados (se financian con aranceles). 

El ministerio renunció definitivamente, hace cuatro meses, a cobrar arancel alguno en el futuro Registro: aseguró que todos los trámites, obligatorios o no, seguirían siendo gratis. Así se lo dijo a los registradores, según confirman ambas partes. El acuerdo parecía hecho en febrero —el decano del Colegio de Registradores llegó a comunicar a sus afiliados por carta que iban a hacerse cargo del Registro Civil—. Pero el pasado lunes, según fuentes de Justicia, el Colegio volvió a exigir que se le permita cobrar aranceles; Justicia se negó y dio por acabada la negociación. 

Ayer, fuentes del Colegio de Registradores se limitaron a señalar que “para prestar a los ciudadanos un servicio público de calidad y lograr un Registro Civil más eficiente”, es necesario asegurar, entre otras cosas, “una fuente de financiación suficiente y vinculada a la prestación de los propios servicios del Registro Civil”. 

Justicia ha roto con el Colegio de Registradores, pero eso no quiere decir que el Registro Civil vaya a seguir en manos de funcionarios judiciales. Responsables del ministerio afirman que están “explorando otras fórmulas”. 



Escrito por: Vera Gutierrez Calvo 
Publicado en: El País

dimarts, 11 de març del 2014

En homenaje a las victimas del 11 M



Homenaje de Google; hoy, 11 de marzo del 2014.

Recordamos las flores en las vías.

Nuestro humilde homenaje y sincero recuerdo.

Compartido por la AVT.



dilluns, 10 de març del 2014

El PSPV de la Vall d'Albaida sale debilitado de las primarias




Vall d'Albaida 10 de Marzo de 2014

Resulta evidente tras el proceso de primarias que tuvo lugar el pasado domingo que existe una verdadera desconexión entre los Socialistas de la Vall d´Albaida y la dirección del partido. 

Mientras los referentes a nivel comarcal encabezados por el Secretario General Jorge Rodriguez dieron su aval y solicitaron el voto para el candidato Puig ha sido Gaspar quien en esta comarca ha recibido más apoyos. Evidenciando dos fracturas una entre los militantes y simpatizantes con los lideres comracales y dos entre estos y la dirección de blanquerias. 

Precisamente fue en esta comarca donde se vivió el episodio más tenso y sucio de la campaña. Donde el Alcalde de Palomar tidó de dinosaurio a Puig. Quien no en vano representa al sector lermista que tiene más que ver con el pasado que con el futuro. Los populares de la Vall d´Albaida vemos con preocupación todo este proceso puesto que Rodriguez como secretario comarcal ha quedado desautorizado por sus propios militantes y simpatizantes. 

Esperamos que toda esta crisis no se traslade a los Ayuntamientos donde gobiernan los socialistas solos o en coalición con otras fuerzas. Un elemento de inestabilidad más para los tripartitos locales que puede crear situaciones de ingobernabilidad. Siendo casos claros los de La Pobla del Duc, Albaida, Belgida o la propia capital Ontinyent.

Nuevo plan de para reducir el gasto de luz en los edificios municipales


El presidente de la Diputación de Valencia explica que la corporación pondrá en marcha un programa para sustituir los sistemas de alumbrado tradicional por otros de tecnología led 



“Las nuevas bombillas permitirán a los consistorios reducir el gasto hasta un 70%, bajar los impuestos y beneficiar a los vecinos, porque la gente lo está pasando mal”
 


El presidente de la Diputación de Valencia, Alfonso Rus, ha anunciado hoy la “inminente” puesta en marcha de un nuevo plan provincial destinado la mejora de la eficiencia energética en las instalaciones municipales “para sumar ahorro en los ayuntamientos en beneficio de la ciudadanía”. 

Se trata de un programa de ahorro energético que tendrá un presupuesto de 10 millones de euros y consistirá en la sustitución de los sistemas tradicionales de alumbrado en el interior de edificios dependientes de los ayuntamientos por otros de bombillas led, que “permitirá ahorrar hasta un 70 por ciento de electricidad”, ha explicado. 

Rus ha realizado estas declaraciones en la Casa de la Cultura de Ayora, durante el transcurso de una reunión informativa con alcaldes de la comarca del Valle de Ayora, en la que ha presentado las inversiones de la Diputación en la comarca a través del Plan Provincial de Inversiones y Empleo 2014-2015. 

La nueva iniciativa provincial se sumará a las acciones emprendidas por la institución que dirige Rus para “posibilitar a los consistorios tener menos gasto y que puedan bajar los impuestos en sus municipios, porque la gente lo está pasando mal”, según ha agregado. 

Los mismos objetivos buscan otros dos programas recientemente anunciados por la corporación, relacionados con la dotación de equipamiento informático a todos los ayuntamientos de la provincia y la climatización de instalaciones públicas con la utilización de fuentes de energía alternativas. 

“Será un plan lineal, que no requerirá la realización de ninguna auditoría previa, y complementará el impulsado en el alumbrado público por la Diputación en el mismo sentido, que ha supuesto un ahorro de energía de hasta el 50 por ciento y ha evitado la emisión de 14 millones de toneladas de CO2”, ha concluido Rus.

Fuente: Portal DiVal