dilluns, 30 de març del 2015

Participa en las elecciones


Los españoles que residan habitualmente en el extranjero y aquellos que trasladen allí su residencia habitual deberán inscribirse como residentes en el Registro de Matrícula de la Oficina Consular correspondiente (con jurisdicción en el lugar en el que se haya fijado la residencia). 


Nuevo sistema telemático de solicitud de voto Los electores españoles inscritos en el CERA (Censo de Españoles Residentes Ausentes) que vayan a participar en las elecciones autonómicas del próximo mes de mayo podrán solicitar el voto por Internet. Así lo dispone la Orden INT/358/2015, de 27 de febrero, del Ministerio de Interior (BOE nº 54, de 4/03/2015), por la que se modifica el anexo 6 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales. 


El nuevo sistema establecido por esta Orden permitirá a los electores residentes en el exterior solicitar la documentación electoral por correo postal, fax o por vía telemática, a través de la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE). Para más información, consultar en www.ine.es

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